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La inscripción de viveros es obligatoria y gratuita
La Dirección Provincial de Agricultura, recuerda a todos los productores de viveros que, para poder ejercer la actividad dentro de la Ley vigente, deben inscribir su establecimiento en el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización.
Este requisito está estipulado por la Ley Nacional Nº 20.247 (Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas), que establece que para “producir, comprar y/o vender especies vegetales como comercio o como vivero de uso propio, deben inscribirlo en el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización”. Y, a partir de la Resolución SAGPyA Nº 207 del 27/03/2009, la inscripción y la anualidad correspondiente pueden realizarse en forma gratuita.
Se invita a todos los viveristas a efectivizar dicha inscripción o a interiorizarse del tema, para lo cual deben dirigirse a las oficinas de la Dirección de Agricultura, ubicada en el Parque Adán Quiroga (frente de Polideportivo Capital), los lunes, martes y jueves de 8 a 12, al teléfono al 03833- 459699 o 437545, o por vía e-mail a: viveroagricultura@yahoo.com.ar.
Prensa MPyD - Catamarca, 22-05-2009
prensapyd@produccioncatamarca.gov.ar
Tel: 03833 437588 / 90 / 424343
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